Sustracción con Violencia: Además cubre los daños físicos que se causen al inmueble que contenga los bienes asegurados.
Sustracción sin Violencia: Ampara aún cuando haya participación de las personas al servicio del asegurado.
Daños en Equipos Eléctricos y Electrónicos: Para computadores, electrodomésticos y otros equipos electrónicos.
Gastos para la Remoción de Escombros.
Honorarios Profesionales: Ampara los honorarios de los arquitectos, interventores, ingenieros y consultores, en la medida que fueren necesarios para la reposición, reemplazo o reparación de los bienes asegurados y/o para la demostración de la cuantía de una pérdida, a condición de que sean consecuencia de un evento cubierto por la póliza.
Gastos para Preservación de Bienes: Gastos en que necesaria y razonablemente incurra el asegurado como consecuencia de un evento amparado por esta póliza, con el fin de efectuar reparaciones o construcciones provisionales o transitorias, así como el valor del arrendamiento de locales temporales, siempre que todo esto se efectúe con el fin de salvar, preservar o conservar los bienes amparados.
Gastos para Extinción del Siniestro: Costo razonable de los elementos, materiales, mezclas, sustancias y componentes gastados, dañados o destruidos para extinguir o evitar la propagación del fuego o de cualquiera de los eventos. cubiertos.
Asistencia Domiciliaria: Poner a disposición del asegurado una ayuda material pronta para atender situaciones de emergencia por los siguientes conceptos: Plomería, electricidad, cerrajería, vidrios, celaduría, gastos de hotel por inhabitabilidad del inmueble asegurado, gastos de mudanza, gastos de alquiler de televisor y video.